Desde 1998, la política de Estado en relación con la definición del ingreso al productor de gasolina corriente y acpm para la venta en el territorio colombiano, ha estado orientada por la paridad internacional, es decir, el Ministerio de Minas y Energía viene buscando que el precio interno refleje el valor que tienen estos productos en el golfo de México, que es el mercado de referencia en esta parte del mundo para la compra y venta de commodities como los combustibles.
Pero los combustibles, así como los hidrocarburos en general, además de ser commodities se caracterizan por el manejo político al que se han visto sometidos a lo largo de la historia y por lo cual explican la ocurrencia de varias de las guerras que la humanidad ha tenido que soportar. Es así como la discusión sobre la metodología que debe utilizarse para definir los precios internos de los combustibles, enfrenta todo tipo de ideologías políticas y económicas sin que exista un consenso generalizado.
Los países que han logrado instaurar ambientes de mercado abiertos, generalmente por las necesidades de importación, sin barreras de entrada y con neutralidad de condiciones para todos sus jugadores, han logrado implantar mecanismos mediante los cuales permiten que sea el mercado quien libremente defina los precios de venta de estos productos. Otros, comúnmente aquellos que son exportadores netos de hidrocarburos; que tienen una empresa estatal (o mayoritariamente estatal) encargada de la explotación de los hidrocarburos, y que en algunos casos está integrada a lo largo de la cadena de valor hasta llegar a la refinación e incluso a la comercialización al usuario final, todavía se debaten entre el libre mercado y el subsidio de estos productos como consecuencia de la imposibilidad de instaurar condiciones de competencia.
Colombia se ubica en la mitad de estos dos extremos, tendiendo más hacia el segundo, es decir, el país es exportador neto; la empresa estatal está integrada y no existen las condiciones para generar competencia en la producción o importación de los combustibles. Con este escenario, los precios, en particular el ingreso al productor, se han incrementado de manera sucesiva durante los últimos años y la estructura del precio de venta al público tiene la siguiente composición en la actualidad (promedio para 2011).
No es el propósito de este documento concluir sobre la metodología apropiada para definir los precios de los combustibles en Colombia, no obstante, al observar la composición del precio de venta al público y la proporción de cada uno de sus componentes, es posible comprender por ejemplo, porque los incrementos del precio del petróleo y sus derivados en el entorno internacional, tienen un efecto considerable en los precios internos en la medida que representa el 57% del precio final. En efecto, el producto o materia prima tienen la mayor participación en el precio, incluso en mercados en competencia.Adicionalmente, es posible comprender las discusiones en relación con la participación de los impuestos. Al respecto, el gobierno justifica estos valores como compensación a los efectos ambientales de consumir combustibles fósiles, pero este argumento no explica totalmente la diferencia que existe entre la proporción de impuestos entre la gasolina (29%) y el acpm (15%), cuando es posible afirmar que como mínimo contaminan igual.
En cualquier caso, persisten inquietudes conceptuales, por ejemplo de continuar esta política de paridad internacional se darán las condiciones para competir por el producto, y de ser esto así, podría el consumidor final observar un beneficio de esta competencia. Por cada $100/gl de reducción por efecto de la competencia se observaría un excedente del consumidor de US$127 millones al año, cifra que no resulta despreciable.
Para que la política de paridad internacional sea justificable, el gobierno debe implementar todas las medidas necesarias para que pueda haber competencia en la oferta de aquellos productos cuyo precio es calculado con esta metodología. De lo contrario, continuará habiendo espacio para el debate e incrementándose el riesgo de una moción política que derive en una iniciativa legislativa que imponga un esquema de subsidios a los precios internos.
